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¿Qué es Director de Seguridad, para qué habilita y qué hay que estudiar?

Una de las profesiones relacionadas con la seguridad privada es la del director de seguridad, y aunque es una figura que tiene muchas responsabilidades, lo cierto es que su sueldo y los requisitos que debe cumplir serán mayores a cuando se desea aspirar a ser vigilante de seguridad por ejemplo. Veamos a continuación, ¿Qué es Director de Seguridad, para qué habilita y qué hay que estudiar?.

Que hay que estudiar ser director de seguridad

Qué hace un Director de Seguridad

Varias son las funciones a cumplir por un director de Seguridad, y lo cierto es que estas pueden ser distintas dependiendo de la empresa para la que se trabaje.

Que hay que estudiar para ser director de seguridad

De todas maneras, podemos establecer que las funciones generales de cualquier director de seguridad suelen ser las siguientes:

  • Organizar, inspeccionar y administrar cualquier servicio y/o recurso disponible en relación a la seguridad privada.
  • En situaciones de riesgo, llevar a cabo una identificación, análisis y evaluación de lo sucedido en relación a aquello que pueda afectar a la vida e integridad de las personas y al patrimonio.
  • Planificar y organizar así como llevar el control de todas las medidas que se necesiten aplicar para garantizar la seguridad y prevenir sobre cualquier riesgo, de cualquier naturaleza, que se pueda producir y que podría poner en peligro la seguridad.
  • Controlar que los sistemas de seguridad privada funcionan correctamente. Además también estará en sus funciones la de su mantenimiento.
  • Validar provisionalmente, hasta que la Administración lo apruebe, las medidas de seguridad en lo que respecta a que cumplan la normativa de seguridad privada.
  • Comprobar cualquier sistema de seguridad privada instalado.
  • Comprobar que las empresas de seguridad privada contratadas, cumplen las exigencias que tienen que ver con la homologación de los organismos competentes.
  • Comunicarse con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes sobre cualquier situación relevante para la seguridad ciudadana, y también sobre los hechos delictivos de los que tenga conocimiento mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones.
  • Tener comunicación con la Administración, y también con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en relación a la función de seguridad integral que deba cumplir la entidad, empresa o grupo empresarial que les tenga contratados, a partir del cumplimiento de la normativa sobre la gestión de todo tipo de riesgos.
  • Comprobar cualquiera aspecto que requiera el personal, para llevar a cabo el ejercicio de las funciones encomendadas, y de este modo que se garantice la protección efectiva de su entidad, empresa o grupo empresarial.

Cuánto gana un Director de Seguridad

Como habréis comprobado, las funciones de un director de Seguridad son diversas, de modo que su sueldo debe ir acorde a todo lo que se le requiere. Eso sí, puede variar en función de la empresa para la que trabaje, si es privada o pública y también de la antigüedad, aunque podemos establecer también aquí una media de cobro.

A partir de lo que hemos consultado a diversas empresas podemos decir que el sueldo medio de un Director de Seguridad sería de unos 35.000 euros al años, es decir, de unos 2.500 euros al mes, si tenemos en cuenta que normalmente cobran su salario en 14 pagas (dos de ellas extra).

Qué hay que estudiar para ser Director de Seguridad

Tras ver las funciones que tiene un Director de Seguridad y sobre todo, ver el sueldo que ganan estos profesionales de la seguridad es posible que desees saber qué se tiene que estudiar, pero además se tienen que cumplir una serie de requisitos (muy concretos), en el caso de que desees acceder a ser director de seguridad en una empresa de la administración pública.

Que estudiar para ser director de seguridad

Requisitos para ser Director de Seguridad

  • Tener 18 años.
  • Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o pertenecer a un Estado que forme parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
  • Tener la capacidad física y la aptitud psicológica que se requieren para el ejercicio de las funciones a cumplir.
  • Tener un título universitario oficial de grado en el ámbito de la seguridad que sirva para acreditar la adquisición de las competencias que se hayan determinado, o bien tener el título del curso de dirección de seguridad, reconocido por el Ministerio del Interior.
  • No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
  • No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por cometer una infracción grave o muy grave, en lo que respecta a la seguridad privada.
  • No estar separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o en las fuerzas del que sea su país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
  • Que no haya sido condenado por intromisión ilegítima en lo que respecta a la protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, y también en relación con la vulneración del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales a partir de los cinco años anteriores a la solicitud.
  • Que supere, en el caso que se deban cumplir, las pruebas que hayan sido establecidas por el Ministerio del Interior, y que sirvan para acreditar los conocimientos y la capacidad que sea necesario para el ejercicio de sus funciones.

Si no tienes la titulación y deseas poder realizar el curso para ser Director de Seguridad, tienes que saber que este se organiza y se realiza en centros universitarios, públicos o privados, reconocidos oficialmente, y las materias que los compongan tienen siempre que alcanzar un mínimo de cuatrocientas horas.

En el supuesto de que el curso de dirección de seguridad pertenezca a un programa de estudios de superior nivel académico, todo el contenido didáctico de este, así como las horas lectivas que le dediquen tendrán que estar claramente diferenciadas y cuando se haya finalizado, se tendrá que dar un título específico con el nombre del curso reconocido en la autorización.

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